jueves, 21 de junio de 2018

Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos

 Hola, bienvenidos a mi blog, el día de hoy vamos a hablar sobre el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos(OTBN)

 A fines de 2007, el Congreso Nacional aprobó la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que brindan. Esta misma ley también regula la distribución correcta de los fondos para usos ambientales.

Según esta ley, las provincias que no hayan realizado el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos luego del plazo de un año, verán restringido su uso y utilización.

En el artículo N°9 de esta ley establece 3 categorías de conservación de los bosques nativos:


  • Rojo: Muy alto valor de conservación. No deben transformarse. Su uso queda limitado a ser hábitat de comunidades Indígenas y ser objeto de investigación científica.
  • Amarillo: Sectores de Mediano Valor de conservación. Su uso queda limitado a aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
  • Verde: Sectores de bajo valor de conservación. Pueden transformarse parcialmente o en su totalidad
 Junto a esta ley se establecen aquellos criterios utilizados configurar el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos, y estimar el valor de conservación de un determinado sector.

2 comentarios:

  1. Para completar las entradas pedidas del blog: infografía sobre la importancia de los bosques o árboles, o sobre su destrucción.
    Descripción del conflicto o denuncia de Greenpeace a Sprite.

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